Desde
1997, AVIC cuenta con su Código Deontolóloco de obligado cumplimiento, aprobado por sus Empresas Asociadas, y de un Sistema
de Evaluación de Proyectos, que ha ido desarrollándose
de forma paulatina desde entonces.
El sistema de evaluación de proyectos comprende varios aspectos
relacionados con los servicios que ofrecen las Empresas Asociadas a AVIC, tales como
la satisfacción por las condiciones de la oferta, la cualificación
técnica de los consultores/ingenieros, el nivel de calidad
e innovación de las técnicas y herramientas utilizadas
o el cumplimiento de los plazos establecidos. Los resultados obtenidos
han permitido consolidar la notable mejoría y modernización del Sector I+C.
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| código
de conducta: |
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La actuación de Consultores/Ingenieros y de las Empresas de Ingeniería
y de Consultoría, en adelante "el Consultor", en
el desarrollo de su actividad influyen de forma notoria en la Sociedad.
Es, por ello, importante que conduzcan su trabajo de una forma ética
para alcanzar y mantener la confianza de la profesión en
los miembros de su propio equipo, entre Colegas, con los Empresarios,
Clientes y Administraciones Públicas. Así, sus actuaciones
deberán ajustarse al presente "Código Deontológico".
ARTÍCULO 1 - CONDUCTA
PERSONAL
"El Consultor", en todas sus actividades, se conducirá
con un alto nivel de integridad y para ello deberá:
1.1
- Mantener ante la Sociedad una conducta acorde con la posición
que ocupa.
1.2 - Aceptar la responsabilidad
de sus acciones.
1.3 - Concurrir y/o aceptar únicamente
aquellos trabajos para los que se halle realmente capacitado.
1.4 - Mantener una actitud abierta
a la colaboración con otros colegas.
1.5 - Cumplir las leyes y Normas
establecidas en el País en el que se desarrolla el trabajo.
1.6 -
Aceptar, apoyar y defender el contenido del presente "Código
Deontológico".
ARTÍCULO 2 - PROFESIONALIDAD EN SU TRABAJO
"El Consultor", en relación con sus Colegas y Clientes,
deberá:
2.1
- Tratar a todos los miembros de su equipo de forma equitativa
protegiéndoles de daños físicos y psíquicos,
facilitándoles las condiciones de trabajo apropiadas y procurándoles
oportunidades de desarrollo.
2.2 - Actuar en pro del Cliente
en los asuntos que de éste trate con absoluta independencia
sin ningún tipo de influencia interna o externa que condicionen
su trabajo.
2.3 - Aplicar las técnicas
de vanguardia necesarias para garantizar el cumplimiento de los
objetivos del Cliente.
2.4 - Mantener la confidencialidad
sobre la información recibida y dada a sus clientes.
2.5 - Acordar "a priori"
con el Cliente, con estricta veracidad, las condiciones del encargo,
alcance, plan de acción, honorarios, etc.
2.6 - No aceptar comisiones o
remuneraciones de otro tipo que no sean las pactadas con el Cliente.
2.7 - Respetar la competencia
leal, sin intentar desplazar a otro Colega con influencias o acciones.
ARTÍCULO 3 - RELACIONES
CON LAS ADMINISTRACIONES, EMPRESAS Y CLIENTES
"El Consultor", en relación con las Entidades contratantes,
deberá:
3.1
- Defender y difundir el contenido del presente "Código
Deontológico".
3.2 - Abstenerse de desprestigiar
a sus Colegas y a la profesión en general.
3.3 - Difundir la imagen corporativa
de colaboradores leales con sentido de la confidencialidad.
3.4 - Informar a un posible Cliente
de cualquier circunstancia, si la hubiese, que pueda inducirle a
un conflicto de intereses.
3.5 - Abstenerse de ofrecer directa
o indirectamente remuneraciones en dinero o especies para tratar
de conseguir un encargo.
3.6 -
Rehusar a comprometerse en trabajos que considere no beneficiosos
para sus clientes a no ser que advierta a éstos fehacientemente
sobre la improbabilidad del éxito de los resultados.
ARTÍCULO 4 - RESPONSABILIDAD CON LA SOCIEDAD
"El Consultor", en relación con la Sociedad, deberá:
4.1
- Proteger la seguridad y el bienestar de la Sociedad, hablando
con el Cliente contra cualquier posible abuso en las áreas
que afecten al encargo encomendado poniendo especial cuidado en
la protección del Medio Ambiente y Normas de Seguridad a
lo largo de todas las fases del proyecto.
4.2 - Denunciar cualquier irregularidad
que observe en la actuación de otro Colega, utilizando el
cauce adecuado (Asociativo, Institucional, Colegial...)
4.3 - No colaborar en acciones
que fomenten situaciones monopolísticas o acuerdos par la
adopción de políticas comerciales que perjudiquen
a la Comunidad.
4.4 -
No apoyar campañas publicitarias que puedan encubrir falsedad
en la información que se promocione a través de ellas.
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